REFRENDO 2020

Nombre del trámite o servicio: REFRENDO ANUAL DE LOS DERECHOS DE CONTROL VEHICULAR, CON EXPEDICIÓN DE TARJETA DE CIRCULACIÓN Y HOLOGRAMA SERVICIO PRIVADO Y PARTICULAR.
Clave: SMyT/DGTPPyP/006

Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta

Secretaría de Movilidad y Transporte
Avenida Plan de Ayala (Plaza Arcos Cristal) Núm. 825, Col. Teopanzolco, C.P. 62350, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 329 65 00

Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.

Dirección General de Transporte Público, Privado y Particular
Director General de Transporte Público, Privado y Particular

¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?

I.- Oficinas de la Secretaría de Movilidad y Transporte, ubicadas en Corporativo Arcos Cristal, “Plaza Cristal”, en Avenida Plan de Ayala número 825, Colonia Teopanzolco, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62350. Tel. (777) 329 6500 Ext. 6522.

II.- Delegación Yautepec. - Calle del Ganado Esq. Paseo Tlahuica, Barrio Rancho Nuevo s/n, Yautepec, Morelos. C.P. 62730. Tel. (735) 357 2264.

III.- Delegación Cuautla. - Doctor José G. Parres número 125, Colonia Emiliano Zapata, Cuautla, Morelos. C.P. 62740. Tel. (735) 353 0531.

IV.- Delegación Jonacatepec. - Plaza Emiliano Zapata número 17, Local 16 y 21, Colonia Centro, Jonacatepec, Morelos. C.P. 62930. Tel. (735) 688 6037.  

V.- Delegación Xochitepec. - República de Costa Rica esquina con Calle Haití, Colonia Centro, Xochitepec, Morelos. C.P. 62790. Tel. (777) 365 7193.

VI. - Delegación Jojutla. - Boulevard Lázaro Cárdenas número 307, Colonia Cuauhtémoc, Jojutla de Juárez, Morelos. C.P. 62900. Tel. (734) 342 0492.

VII.- Delegación Jiutepec. - Calle Centenario número 96, esquina con Avenida de los 50 Metros, Manzana 1, Lote 8, Local “K”, Colonia Civac, Jiutepec, Morelos. C.P. 62578. Tel. (777) 331 2146.

VIII.- Delegación Puente de Ixtla. - Avenida Montes de Oca, Lote 1, Colonia Norte, Puente de Ixtla, Morelos. C.P. 62665. Tel. (751) 344 1561 y

IX.- Módulo de Cuernavaca. - Calle Cuauhtemotzin número 1, Colonia Club de Golf, Cuernavaca, Morelos. C.P. 62030 Tel. (777) 170 5227.

¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?

El trámite deberá realizarlo el propietario. En caso de hacerlo otra persona deberá exhibir carta poder debidamente requisitada.

Medio de presentación del trámite o servicio.

Presencial  

Horario de Atención a la ciudadanía

Lunes a viernes de 08:00 a 15:00 hrs

¿Plazo máximo de resolución?

Mismo día.

Vigencia

Durante el ejercicio fiscal en el que se realice el pago

Ante el silencio de la autoridad aplica.

Negativa ficta

 

Documentos que se requieren

No.

 

Original

Copia

Adjunto

1

Comprobante de pago

1

1

 

2

Identificación Oficial con fotografía del propietario vigente (Credencial para votar, Cartilla, Cédula Profesional, Pasaporte, Documento migratorio, Licencia de Conducir del Estado de Morelos).

1

1

 

3

Póliza de Seguro Automotriz vigente

1

1

 

4

Presentar Tarjeta de Circulación anterior.

1

   
 

PARA REALIZAR EL TRÁMITE DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS.

     

 

Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:

Refrendo anual de Tarjeta de Circulación:

1. Auto 6.50 (UMA) equivalente a $564.72

2. Camión 5.50 (UMA) equivalente a $477.84

3. Demostradoras 5.50 (UMA) equivalente a $477.84

4. Remolque 5.50 (UMA) equivalente a $477.84

5. Capacidades diferentes 4.00 (UMA) equivalente a $347.52

6. Motocicleta 3.00 (UMA) equivalente a $260.64

7. Auto antiguo 5.50 (UMA) equivalente a $477.84

* En los centros de cobro autorizados en el Estado, Telecomm, HSBC, Banorte, BBVA, Banamex, Banco Azteca, Elektra.

 

https://www.hacienda.morelos.gob.mx 

Observaciones Adicionales:

Información adicional requerida: a) El costo por Refrendo anual de los derechos de control vehicular, con expedición de tarjeta de circulación y holograma: es independiente de los trámites adicionales que se realicen. b) Exhibir tarjeta de circulación anterior o documento que acredite la ausencia de la misma. c) Cuando la persona que realiza el tramite no sea el titular, deberá exhibir carta poder debidamente requisitada, identificación oficial con fotografía del propietario, apoderado y de los testigos. d) Persona moral, el apoderado deberá exhibir el poder como representante legal. e) La Secretaría deberá de validar el seguro automotriz. f) Antes de realizar el pago por el trámite deberá verificar que cumple con toda la documentación requerida, ya que el pago no garantiza su conclusión. g) La Tarjeta de circulación anterior servirá como elemento de cotejo para validar la información contenida en el comprobante de pago. h) El plazo para el pago del refrendo será dentro de los tres primeros meses de cada año. TODOS LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS DEBERÁN PRESENTARSE EN ORIGINAL Y COPIA FIEL PARA COTEJO. TODO DOCUMENTO DIGITAL SE DEBERÁ VALIDAR CON EL ARCHIVO XML.

 

CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      Contar con los requisitos que se solicitan.

FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículo 34 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; artículo 84 fracción II inciso A) numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7; y *84 BIS de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos.

QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Dir. Calle Francisco Leyva no. 11, edificio Mina, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1937 y 1959 Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx

 

 

NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.

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