Canje de placas

Nombre del trámite o servicio: CANJE TOTAL DE PLACAS PARA EL ESTADO DE MORELOS, EN CUMPLIMIENTO A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-SCT-2-2016
Clave: SMT/DGTPPyP/001

Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta

Secretaría de Movilidad y Transporte
Avenida Plan de Ayala (Plaza Arcos Cristal) Núm. 825, Col. Teopanzolco, C.P. 62350, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 329 65 00

Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.

Dirección General de Transporte Público, Privado y Particular.
Director General de Transporte Público, Privado y Particular

¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?

I.- Oficinas de la Secretaría de Movilidad y Transporte, ubicadas en Corporativo Arcos Cristal, “Plaza Cristal”, en Avenida Plan de Ayala número 825, Colonia Teopanzolco, Cuernavaca, Morelos;
II.- Delegación Yautepec.- Calle Paseo Tlahuica esquina con Calle Ganado, Yautepec, Morelos;
III.- Delegación Cuautla.- Doctor José G. Parres número 125, Colonia Emiliano Zapata, Cuautla, Morelos;
IV.- Delegación Jonacatepec.- Calle Aldama sin número, Colonia Centro, Jonacatepec de Leandro Valle, Morelos;
V.- Delegación Xochitepec.- República de Costa Rica esquina con Calle Haití, Colonia Centro, Xochitepec, Morelos;
VI.- Delegación Jojutla.- Calle Lázaro Cárdenas número 307, Colonia Cuauhtémoc, Jojutla de Juárez, Morelos;
VII.- Delegación Jiutepec.- Calle Centenario número 96, esquina con Avenida de los 50 Metros, Manzana 1, Lote 8, Locales “M” y “S”, Colonia Civac, Jiutepec, Morelos;
VIII.- Delegación Puente de Ixtla.- Avenida Montes de Oca, Lote 1, Colonia Norte, Puente de Ixtla, Morelos; y IX.- Módulo de Cuernavaca.- Calle Cuauhtemotzin número 1, Colonia Club de Golf, Cuernavaca, Morelos.

¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?

El trámite deberá realizarlo el propietario del vehículo. En caso de realizarlo otra persona deberá presentar carta poder e identificación oficial.(Para reemplacamiento).

Medio de presentación del trámite o servicio.

Mediante comparecencia del propietario del vehículo o de su representante debidamente acreditado.

Horario de Atención a la ciudadanía

Días hábiles de lunes a viernes de 8:00 a 15.00 Hrs.

¿Plazo máximo de resolución?

Mismo día, teniendo la documentación completa

Vigencia

Privado y Particular:11 de abril de 2019 al 30 de noviembre de 2019. Público:15 de mayo de 2019 al 30 de noviembre de 2019.

Ante el silencio de la autoridad aplica.

Afirmativa ficta

 

Documentos que se requieren

No.

 

Original

Copia

Adjunto

1

Comprobante de pago

1

1

 

2

Acreditar propiedad del vehículo

1

1

 

3

Acreditar identidad del propietario

1

1

 

4

Acreditar domicilio en el Estado de Morelos.

1

1

 

5

Presentar recibos de pago de tenencias o de derechos por control vehicular, de 5 años anteriores al momento de realizar el trámite o el Certificado de No Adeudo por cada impuesto, derecho o contribución expedido por la Secretaría de Hacienda del Estado de Morelos.

1

1

 

6

En caso de ser persona moral presentar copia certificada y copia simple para cotejo, del Acta Constitutiva y del Poder Notarial del representante legal (deberá presentar identificación oficial con fotografía del apoderado legal o administrador único en original); así como cédula fiscal (RFC)

1

1

 

7

Póliza de seguro automotriz vigente.

1

1

 

8

En caso de no presentarse el propietario, la persona que realice el trámite deberá presentar carta poder debidamente requisitada con identificación oficial

1

1

 

9

Entregar las láminas de las placas anteriores, la tarjeta de circulación o el documento que acredite la pérdida o robo de las mismas.

1

1

 
 

PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO

     

1

Comprobante de pago

1

1

 

2

Acreditar propiedad del vehículo

1

1

 

3

Acreditar identidad del propietario

1

1

 

4

Presentar recibos de pago de cinco años anteriores al momento de realizar el trámite; el tarjetón de servicio público y el Registro Federal de Contribuyentes para personas físicas con actividad de transportista

1

1

 

5

Entregar las láminas de las placas anteriores, la tarjeta de circulación o el documento que acredite la pérdida o robo de las mismas

1

1

 

6

Póliza de seguro automotriz.

1

1

 

7

En caso de ser persona moral presentar cédula fiscal (RFC) con actividad de transportista; acta constitutiva; Poder Notarial del representante legal (deberá presentar identificación oficial con fotografía del apoderado legal o administrador único en original)

1

1

 

8

Actualización de biométricos del Concesionario: n Toma de huellas dactilares. n Fotografía n Firma Digital

1

1

 

9

Título de la concesión y/o los dos últimos recibos de pago de la renovación de la concesión; o en su caso, el recibo de pago por expedición de la concesión.

1

1

 

10

En caso de no presentarse el concesionario, la persona que realice el trámite deberá presentar carta poder debidamente requisitada.

1

1

 

 

Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:

Los costos derivados del “Programa de Canje Total de Placas en el Estado de Morelos”, son los que se encuentran previstos en la fracción I del artículo 84 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos. Servicio particular, con expedición de placas metálicas, tarjeta de circulación, engomado y holograma:

1. Autos: 10.00 UMA $868.8

2. Camión: 10.00 UMA $868.8

3. Demostradoras:12.50 UMA $1,086

4. Remolque: 9.00 UMA $781.92

5. Con capacidades diferentes: 5.50 UMA $477.84

6. Motocicletas: 5.00 UMA $434.4

7. Auto antiguo: 12.00 UMA $1,042.56

Servicio público, con expedición de placas, tarjeta de circulación, engomado y holograma: 1. Transporte de pasajeros sin itinerario fijo: 14.50 UMA $1,259.76

2. Transporte de pasajeros con itinerario fijo: 14.50 UMA $1,259.76

3. Carga en general: 14.50 UMA $$1,259.76

* En los centros de cobro autorizados en el Estado, Telecomm, HSBC, Banorte, BBVA, Banamex, Banco Azteca, Elektra. Pago en Línea exclusivamente para Transporte Privado y Particular:

Observaciones Adicionales:

Información adicional requerida de transporte particular: a) Cuando la factura sea digital, la secretaría validará el CFDI en la página del SAT. b) El vehículo deberá estar registrado en la página del Registro Público Vehicular y no contar con reporte de robo al momento de la consulta. c) En caso de cambio de propietario deberá presentar factura endosada, refactura (acompañada de una copia de la factura de origen) y/o contrato de compraventa, identificación oficial con fotografía del propietario anterior. d) En caso de vehículo de procedencia extranjera, deberá presentar el documento que acredite la legal estancia en el país. e) Cuando el contribuyente presente carta poder, deberá anexar identificación oficial con fotografía debidamente requisitada. f) Para personas morales, deberá presentar identificación oficial con fotografía del apoderado legal y/o administrador único en original. g) De la información que se origine de las consultas, se autorizará el trámite o se rechazará la solicitud. h) Antes de realizar el pago por el trámite deberá verificar que cumple con toda la documentación requerida, ya que el pago no garantiza la conclusión de su trámite. Información adicional requerida de transporte público: a) Cuando el contribuyente presente carta poder debidamente requisitada, deberá anexar identificación oficial con fotografía. b) Para personas morales, se deberá presentar identificación oficial con fotografía del representante legal en original. c) Cuando se exhiban comprobantes de pago certificados, se deberá presentar el pago de la certificación en original. d) De la información que se origine de las consultas, se autorizará el trámite o se rechazará la solicitud. e) Antes de realizar el pago por el trámite deberá verificar que cumple con toda la documentación requerida, ya que el pago no garantiza la conclusión de su trámite. Toda documentación que se presente en medio digital, para hacer trámites del Transporte Público, Privado o Particular, deberá ser acompañado del archivo XML.

 

CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      Que la documentación presentada por el contribuyente esté completa.

FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículo 84 fracción I, inciso A), numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 e inciso B), numerales 1, 2, 3 de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos; y artículo 34 fracciones I, XV y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos. Norma Oficial Mexicana “NOM-001-SCT-2-2016, “Placas metálicas, calcomanías de identificación y tarjetas de circulación empleadas en automóviles, tractocamiones, autobuses, camiones, motocicletas, remolques, semirremolques, convertidores y grúas, matriculados en la República Mexicana, licencia federal de conductor, calcomanía de verificación físico-mecánica, listado de series asignadas por tipo de vehículo, servicio y entidad federativa o dependencia de gobierno, especificaciones y método de prueba”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 24 de junio de 2016. “Acuerdo mediante el cual se fijan las características y especificaciones de las placas metálicas, calcomanías de identificación y revalidación, y tarjetas de circulación para los diferentes tipos de servicio que presten los automóviles, autobuses, camiones, motocicletas y remolques matriculados en la República Mexicana, así como la asignación de la numeración correspondiente a cada entidad federativa y disposiciones para su otorgamiento y control, así como de la licencia federal de conductor”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 25 de septiembre de 2000.

QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Dir. Calle Francisco Leyva No. 11, edificio Mina, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1937 y 1959. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx

 

NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.

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