REGISTRO ANUAL DE APODERADO LEGAL PARA TRÁMITES DE TRANSPORTE PÚBLICO

Nombre del trámite o servicio: REGISTRO ANUAL DE APODERADO LEGAL PARA TRÁMITES DE TRANSPORTE PÚBLICO
Clave: SMT/CV/002

Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta

Secretaría de Movilidad y Transporte
Avenida Plan de Ayala (Plaza Arcos Cristal) Núm. 825, Col. Teopanzolco, C.P. 62350, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 329 65 00

Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.

Dirección General de Transporte Público, Privado y Particular.
Director General de Transporte Público, Privado y Particular.

¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?

Único lugar.

¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?

El trámite lo solicita cualquier persona física interesada en realizar trámites de Transporte Publico a favor de un tercero, en las oficinas de la Dirección de Movilidad de la Secretaría; 

Medio de presentación del trámite o servicio.

A través del formato de invitación que proporciona la Secretaría de Movilidad y Transporte, una vez emitida la convocatoria correspondiente.
 

Horario de Atención a la ciudadanía

Lunes a viernes de 08:00 a 14:30 horas

¿Plazo máximo de resolución?

10 días hábiles posteriores al proceso de evaluación

Vigencia

Anual

Ante el silencio de la autoridad aplica.

Negativa ficta

 

Documentos que se requieren

No.

 

Original

Copia

Adjunto

1

Formato de solicitud para participar en la Convocatoria de Apoderado Legal.

1

1

 

2

Formato de registro de apoderado legal para trámites de transporte público

1

1

 

3

Cédula de registro federal de contribuyentes

1

1

 

4

Carta de no antecedentes penales con antigüedad no mayor a 30 días

1

1

 

5

Identificación oficial vigente

1

1

 

6

Comprobante de domicilio vigente

1

1

 

7

Fotografías tamaño infantil a color

2

   

8

Comprobante del pago de los derechos por concepto de registro de apoderado legal para trámites de transporte público.

 

1

 

9

Asistir al curso de capacitación y presentar documento que acredite la evaluación correspondiente.

 

1

 

 

Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:

9.00 (UMA) equivalente a $781.92

* En los centros de cobro autorizados en el Estado, Telecomm, HSBC, Banorte, BBVA, Banamex, Banco Azteca, Elektra.

Observaciones Adicionales:

Información adicional requerida: 1. El trámite solo se podrá realizar una vez que se emita una convocatoria por parte de la Dirección General Jurídica de la Secretaría de Movilidad y Transporte 2. Solicitud por escrito a la Secretaría de Movilidad y Transporte para participar en la Convocatoria correspondiente 3. Únicamente se acreditarán a aquellas personas que cumplan en su totalidad con los requisitos emitidos por la Secretaría de Movilidad y Transporte en la convocatoria 4. La Secretaría de Movilidad y Transporte, a través de la Dirección General Jurídica, proporcionará la capacitación y realizará la evaluación correspondiente 5. Antes de realizar el pago por el trámite, deberá verificar que sus datos estén correctos en la póliza de pago

 

CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      N/A

FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículo 84 fracción XII de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos; y artículo 34 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos.

QUEJAS EN EL SERVICIO:      Dirección de Contralorías Internas del Sector Central. Dir. Calle Francisco Leyva no. 11, edificio Mina, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1937 y 1959 Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx

 

NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.

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